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Antonio Amo Peña, Responsable Desarrollo Negocio de SUEZ Air & Climate
La contaminación por olores ha sido durante años una gran ausente en la legislación ambiental estatal, pese a su impacto creciente en la calidad de vida. El nuevo Decreto 185/2025 de Canarias marca un hito al reconocer el olor como contaminante, fijar valores objetivo y establecer métodos de medición objetivos. La norma introduce obligaciones preventivas, planes de minimización y mayores controles para las actividades generadoras de molestias. Con ello, Canarias se sitúa a la vanguardia en la protección del bienestar y la convivencia ciudadana.
España nunca ha destacado por ser un referente en la regulación de los problemas medioambientales y, desgraciadamente, el ámbito de la contaminación ambiental por olores tampoco ha sido una excepción.
A estas alturas, no cabe la menor duda de que la contaminación ambiental por olores es uno de los problemas más recurrentes y extendidos en nuestros pueblos y ciudades; no hay más que leer la prensa para encontrar multitud de noticias que denuncian este hecho. Según un estudio del Instituto Nacional de Estadística (Encuesta de Hogares y Medio Ambiente 2020), el porcentaje de viviendas a nivel nacional cuyos residentes han sufrido esta contaminación supera el 10%, llegando en algunas comunidades a más del 25%. No obstante, y aún a pesar del enorme calibre del problema, sorprende que el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, no haya adoptado medidas, ni muestre intenciones de abordar el problema.
Sorprende que en la ley donde se enmarcan todas las regulaciones de contaminación atmosférica a nivel estatal, ley 34/2007 de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, no se cite la palabra “olor” en todo el texto. La administración no debe mirar hacia otro lado, obviando la existencia de esta problemática, debe de emplear los recursos necesarios para minimizar esta problemática ambiental.
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