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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) lleva años defendiendo que los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) compitan entre sí, partiendo de la premisa de que más competencia reducirá costes y mejorará los resultados ambientales. Frente a esta posición, el artículo sostiene que el número de SCRAP es una variable secundaria: lo decisivo no es cuántos sistemas existen, sino qué se pone a competir, para qué y quién lo vigila. La tesis central es la competencia por asociación: los productores, obligados individualmente por la ley, compiten asociándose, porque para la mayoría la alternativa no es cumplir solos o asociados, sino cumplir asociados o no poder cumplir.
Susana Bokobo Moiche, Ph.D Universidad Europea de Madrid · Grupo de Investigación CIRCLES
Pilar López Portillo, Ph.D. Universidad Europea de Madrid · Grupo de Investigación CIRCLES
Ricardo L. Izquierdo Escribano Grupo de Investigación CIRCLES
La responsabilidad ampliada del productor (RAP) existe para corregir una externalidad histórica y perseguir tres objetivos que pueden entrar en conflicto: reciclar más y con mejor calidad (no solo más toneladas), hacerlo al menor coste posible y promover la prevención y el ecodiseño mediante señales de precio. El mercado de la RAP no surge espontáneamente: la demanda existe por mandato legal, la oferta requiere autorización y el precio está regulado. En este contexto, un SCRAP actúa como agregador de productores, gestor de fondos mutualizados y fijador de precios relativos; esta última función es clave, ya que la ecomodulación permite asignar un precio a la reciclabilidad y evitar que el coste del mal diseño se socialice entre todos.
El derecho europeo regula cómo deben funcionar los sistemas (trato no discriminatorio, cobertura completa, contribuciones ecomoduladas según costes eficientes, transparencia y supervisión independiente cuando hay varias organizaciones), pero no impone un número determinado de SCRAP. Los precedentes de competencia (casos DSD y ARA) sancionaron conductas excluyentes, no la existencia de sistemas únicos ni la cooperación entre productores. En el modelo español de envases domésticos, la red física de recogida es municipal y el SCRAP financia, por lo que el margen real de competencia entre sistemas se reduce a sus costes de estructura; las tarifas publicadas para 2025 y 2026 muestran diferencias mínimas o nulas, reflejando variaciones de costes comunes más que presión competitiva.
La competencia desregulada en precios puede ser contraproducente por la asimetría de información: el productor elige por coste, pero no verifica la calidad del tratamiento, lo que puede derivar en infraclaración o gestores menos exigentes, como ocurrió en Alemania hasta la creación de un Registro Central. La CNMC acierta en el diagnóstico (eliminar barreras administrativas injustificadas, más trazabilidad y necesidad de supervisión), pero su receta de multiplicar sistemas presenta flaquezas, al tratar la pluralidad como exigencia jurídica y desviar el foco del resultado ambiental. Las propuestas del artículo priorizan evaluar por resultados reales (coste por tonelada efectivamente reciclada, calidad y ecomodulación), verificar antes de abrir a la competencia, establecer una ecomodulación común y exigente, promover licitaciones abiertas y garantizar el buen gobierno de los SCRAP, bajo la supervisión de una autoridad independiente. El número de sistemas no es la cuestión.
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