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El Consejo de Ministros ha aprobado este 3 de noviembre la modificación del Real Decreto 1052/2022, que regula las zonas de bajas emisiones (ZBE), con el objetivo de garantizar su implantación y funcionamiento efectivos.
La reforma busca asegurar que estas áreas cumplen su finalidad de mejorar la calidad del aire, proteger la salud de la ciudadanía y contribuir a la mitigación del cambio climático.
La modificación responde a las deficiencias detectadas durante los primeros años de aplicación de la normativa. Entre ellas, el Gobierno señala la existencia de moratorias excesivamente prolongadas en la aplicación del régimen sancionador, zonas sin restricciones de acceso en función del potencial contaminante de los vehículos y ámbitos territoriales insuficientes que coinciden con espacios que ya contaban previamente con limitaciones al tráfico.
Con la nueva regulación, las entidades locales obligadas a establecer zonas de bajas emisiones deberán acreditar documentalmente el cumplimiento efectivo de los requisitos. Para ello, tendrán que comunicar la entrada en vigor de las prohibiciones o restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en función del potencial contaminante de los vehículos, así como la aplicación de los correspondientes sistemas de control de accesos, monitorización y seguimiento.
Uno de los principales cambios de la reforma afecta a las ordenanzas municipales, que deberán contemplar y aplicar el régimen sancionador previsto en la normativa estatal de tráfico, sin recurrir a sistemas transitorios que retrasen su efectividad.
La medida pretende garantizar que las restricciones establecidas en las ZBE dispongan de mecanismos reales para asegurar su cumplimiento y que su eficacia pueda ser evaluada. De este modo, la declaración de una zona de bajas emisiones deberá ir acompañada de actuaciones concretas que permitan aplicar las limitaciones previstas.
La reforma también busca proporcionar mayor seguridad jurídica a los ayuntamientos en el ejercicio de sus competencias en materia de tráfico y movilidad. La acreditación documental del cumplimiento permitirá comprobar la eficacia de estas zonas y podrá servir como referencia para los instrumentos de financiación destinados a impulsar la transformación digital y sostenible del transporte urbano.
Las zonas de bajas emisiones constituyen una de las principales herramientas para avanzar hacia modelos de movilidad urbana más sostenibles, reducir la contaminación atmosférica y las emisiones de gases de efecto invernadero, y mejorar la salud pública y la calidad de vida en las ciudades.
Su adecuada implantación también contribuye a fomentar los desplazamientos activos, recuperar espacio público y racionalizar el uso del vehículo privado.
El Real Decreto 1052/2022 se aprobó en diciembre de 2022 para establecer los requisitos mínimos de las zonas de bajas emisiones que deben implantar determinados municipios españoles. La obligación afecta a las localidades de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de calidad del aire.
Esta normativa desarrolla las obligaciones recogidas en la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética.
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