El Reglamento (UE) 2023/2055 obliga a las compañías a establecer sistemas de seguimiento internos que permitan medir las pérdidas de microplásticos generadas por sus productos y procesos, incluidos los cosméticos, rellenos de césped artificial y pellets plásticos (“granza”). Según Ángela Martín, especialista en legislación de AIMPLAS, “las empresas deberán anticiparse y adoptar medidas concretas para cumplir con estas nuevas exigencias, garantizando un reporte transparente y preciso a la ECHA”.
Entre las medidas más destacadas, se incluyen:
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Prohibición de cosméticos exfoliantes con microesferas plásticas a partir del 17 de octubre de 2027, por su persistencia en el medio ambiente.
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Prohibición del relleno granular en campos de césped artificial desde el 17 de octubre de 2031, utilizado en instalaciones deportivas y recreativas.
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Obligación de prevenir pérdidas de granza para operadores que manipulen más de cinco toneladas al año, transportistas y buques en la UE, con implementación obligatoria antes del 17 de diciembre de 2027.
La normativa representa un cambio profundo para la industria del plástico, exigiendo un control completo de los microplásticos desde la fabricación hasta la distribución. AIMPLAS apoya a las empresas en la interpretación del reglamento, la notificación a la ECHA y la implantación de planes de gestión de riesgos.
Asimismo, AIMPLAS desarrolla proyectos como VALPLAST y MORESAN, enfocados en la prevención, detección y cuantificación de microplásticos en aguas residuales, así como en la investigación de su impacto en la salud humana. Cristina Furió, investigadora del Laboratorio de Microplásticos de AIMPLAS, destaca que estos estudios permiten “monitorizar la generación de microplásticos y estudiar sus efectos en el medio ambiente y la salud”.
El mensaje de AIMPLAS es claro: las empresas deben prepararse cuanto antes, implementar sistemas de control y cumplir los plazos legales para evitar sanciones y contribuir a la reducción de la contaminación por microplásticos en Europa.