30 de marzo, 2020
< Volver

Tras la entrada en vigor, ayer 29 de marzo de 2020, del Real Decreto-ley 10/2020, por el que se paralizan aquellas actividades consideradas no esenciales con el fin de reducir la movilidad en la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, y en relación con las actividades del sistema integrado de gestión (SIG) de aceites usados, SIGAUS, previa consulta a sus asesores jurídicos, comunica: 

  • El SIG de aceites usados mantiene su actividad debido a que se trata de uno de los sectores calificados como esenciales en el apartado 18 del Anexo de este Real Decreto-ley, que cita textualmente los “servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos...”.

No se indica que se trate de servicios de gestión de residuos sino en materia de, por lo que se incluye a los SIG, y a los trabajadores de sus entidades gestoras, aunque estas entidades no presten directamente los servicios de gestión de residuos. Y ello con independencia de que puedan desarrollar toda su actividad mediante teletrabajo.

  • Igualmente quedan incluidas las empresas que realizan las diferentes operaciones de gestión de aceites usados.
  • Empresas adheridas. Pueden seguir ejerciendo su actividad, según el apartado 5 del Anexo “aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales”. Por lo tanto, pueden seguir activas las actividades de fabricación (importación y adquisición UE), distribución y comercialización de aceites industriales, debido a que se trata de materiales imprescindibles para el funcionamiento de las fábricas en las que se desarrollan actividades esenciales, y para los vehículos de transporte de personas o mercancías que, en sí mismo, es actividad esencial contemplada en el Real Decreto-ley (en los supuestos del apartado 6 del Anexo).

Noticias relacionadas

comments powered by Disqus

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas o videos vistos). Puedes obtener más información y configurar sus preferencias.

Configurar cookies

Por favor, activa las que quieras aceptar y desactiva de las siguientes las que quieras rechazar. Puedes activar/desactivar todas a la vez clicando en Aceptar/Rechazar todas las cookies.

Aceptar/rechazar todas
Cookies Analíticas

Cookies que guardan información no personal para registrar información estadística sobre las visitas realizadas a la web.

Cookies de Marketing

Cookies necesarias para determinadas acciones de marketing, incluyendo visualización de vídeos provenientes de plataformas como Youtube, Vimeo, etc. y publicidad de terceros.

Cookies de Redes Sociales

Cookies relacionadas con mostrar información provenientes de redes sociales o para compartir contenidos de la web en redes sociales.