Empresas Premium
SIGNUS (sistema colectivo de gestión de neumáticos al final de su vida útil), la Federación Española de la Recuperación y Reciclaje (FER) y el Consorcio del Caucho han emitido un comunicado técnico conjunto para responder a la campaña “Parques con Salud” de Ecologistas en Acción, que solicita la retirada de suelos de caucho de parques infantiles, patios escolares y campos deportivos. El documento, fechado el 16 de octubre, busca aclarar el alcance de la regulación europea y aportar evidencias científicas que indican que el uso de caucho reciclado en pavimentos de seguridad no supone un riesgo relevante para la salud ni un impacto ambiental adverso.
El comunicado precisa que la prohibición europea prevista para el 17 de octubre de 2031 (Reglamento (UE) 2023/2055 sobre microplásticos) afecta exclusivamente al granulado suelto utilizado como relleno en superficies deportivas de césped artificial. Se trata de una medida ambiental orientada a evitar la pérdida de partículas al medio, no basada en riesgos para la salud, y no prohíbe los pavimentos de caucho aglomerado empleados en parques infantiles.
Las entidades subrayan que más de quince años de estudios independientes e institucionales (RIVM de los Países Bajos, ECHA, EPA y OEHHA de EE. UU., ERASSTRI, National Toxicology Program, entre otros) coinciden en que las sustancias presentes en el caucho reciclado —hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), metales, compuestos orgánicos volátiles (COV) y posibles ftalatos— aparecen como impurezas en concentraciones bajas. La exposición por contacto dérmico, ingestión o inhalación se considera de riesgo muy bajo o despreciable.
Entre las aclaraciones concretas al informe de la ONG destacan:
El uso de granulado de caucho en parques infantiles está regulado por REACH (Anexo XVII, entrada 50). El límite de 20 mg/kg para 8 HAP, aplicable desde agosto de 2022 y derivado de propuestas de RIVM y ECHA, es entre 5 y 50 veces más estricto que el anterior y aplica el principio de precaución.
Además, las normas UNE-EN 1176 y UNE-EN 1177 exigen superficies de amortiguación acreditadas según la altura de caída. La Orden TED/1522/2021 reconoce el fin de condición de residuo del granulado y polvo de caucho procedente de NFVU para pavimentos de parques infantiles, pistas deportivas y pavimentos de seguridad. Este reconocimiento exige el cumplimiento de los cuatro criterios europeos: uso específico, existencia de mercado, cumplimiento de requisitos técnicos y normativos, y ausencia de impactos adversos para el medio ambiente y la salud humana. La propia Administración ha constatado que estas aplicaciones cumplen dichos criterios y las considera consolidadas y seguras.
El comunicado incluye una amplia bibliografía de referencias institucionales (RIVM 2017 y 2019, ECHA 2017, ERASSTRI 2020, EPA 2024, OEHHA 2026, entre otras).
SIGNUS celebra su XX aniversario con nueva identidad, SIGNUS Asociación y un Plan Estratégico (16 octubre 2026) Cobertura del acto del mismo día en que se publicó el comunicado técnico.
|