20 de marzo, 2024
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El 1 de enero de 2024 entró en vigor un reglamento delegado (2023/2772) que incluye el primer conjunto de Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS o ESRS por su acrónimo en inglés). La empresa española Teimas, que desarrolla soluciones tecnológicas para la gestión profesional de residuos y la economía circular, recoge las regulaciones ya publicadas que deberán tener en cuenta, durante 2024, las compañías que operan en la Unión Europea.

Las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad son estándares que las empresas deben emplear para presentar información sobre sostenibilidad, de conformidad con la nueva Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD). Esta Directiva de la UE entró en vigor en enero de 2023, reemplaza a la Directiva de Informes No Financieros y obliga a muchas compañías a divulgar sus impactos sociales y ambientales bajo los estándares de sostenibilidad de la comunidad europea. “La CSRD implica un análisis detallado de la información de sostenibilidad para equipararla a la información financiera. Es un paso positivo para mejorar la calidad y uniformidad de la información sobre sostenibilidad que requiere una mayor exigencia en calidad y trazabilidad del dato”, explica Cristina Vázquez, CEO de Teimas.

De esta forma, las grandes empresas españolas de interés público (más de 500 empleados) estarán obligadas a entregar dichos informes en el año 2025, con datos del año 2024. Al año siguiente, lo harán las grandes compañías (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o de 20 millones en activos totales) y, a partir de 2026, las pymes cotizadas y otras empresas, que deberán entregar sus informes en 2027.

Para entender mejor en qué consisten y cómo afectan a las empresas, esta y otras normativas de sostenibilidad europeas, Teimas recoge, a continuación, las regulaciones ya publicadas que deberán tener en cuenta, durante 2024, las compañías que operan en la Unión Europea:

  • Directiva CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive). Esta directiva obliga a las empresas a entregar informes anuales de sostenibilidad corporativa donde se recoja el efecto que tiene su actividad, no sólo en términos económicos sino también sobre las personas y el medio ambiente. La normativa equipara la información sobre sostenibilidad con la información financiera, dando respuesta al aumento exponencial de la demanda de información sobre esta materia que se ha producido en los últimos años (especialmente por parte de la comunidad inversora), y permitiendo al público acceder a datos fiables y comparables. Esta directiva afectará a unas 50.000 empresas europeas, que deberán presentar informes periódicos de sostenibilidad. Ya durante este ejercicio, las organizaciones con más de 500 empleados deben recopilar información sobre su impacto social y en el medioambiente (por ejemplo, objetivos de reducción de emisiones GEI y compromisos de mitigación del cambio climático) para publicar en 2025. Además, en el caso de España, se prevé que se amplíe la obligación de presentar estos informes a un mayor número de empresas.
  •  Directiva 2018/851 de residuos. Es la principal normativa europea que establece los objetivos y requisitos sobre gestión de residuos y economía circular, ya que modifica la Directiva Marco de Residuos. En base a esta directiva, los Estados Miembros deben establecer indicadores de desempeño y sistemas de monitoreo para asegurar la consistencia en la medición del progreso en la aplicación de medidas de prevención de residuos, reutilización, reciclaje y recuperación de recursos.
  •  Propuesta de Reglamento Europeo de envases y residuos de envases. El Consejo europeo alcanzó en diciembre de 2023 un acuerdo en relación con una propuesta de reglamento de envases y residuos de envases, cuyos principales objetivos son la prevención, reutilización y reducción de la generación de residuos de envases; el fomento de una economía circular a través de los envases reciclables; la armonización del etiquetado en los envases, y el incremento del porcentaje de material reciclado usado en los envases de plástico. Conforme a esta propuesta, las empresas productoras de envases seguirán operando bajo el régimen de responsabilidad ampliada del productor. Además, se prevé el establecimiento de un registro con mayor armonización de sus normas, garantizar la recogida separada del 90% de los envases de bebidas o un sistema de devolución, depósito y retorno (SDDR), o determinadas obligaciones específicas de etiquetado. De adoptarse, el reglamento se aplicará 18 meses después de la fecha de entrada en vigor.
  •  Nuevos Estándares de Información de Sostenibilidad (NEIS o ESRS). Este reglamento sirve para que las empresas elaboren su información sobre sostenibilidad en base a unos estándares comunes. Por ejemplo, se establecen los requisitos de divulgación relacionados con el uso de recursos y economía circular, o las salidas de recursos materiales, incluyendo los residuos.
  •  Green Claims. Esta directiva prohíbe el blanqueo ecológico y la información engañosa con el objetivo de proteger a los consumidores del greenwashing. Para ello establece criterios contra las declaraciones ambientales engañosas, poco fiables o falsas que las empresas hacen acerca de sus productos y servicios y que les inducen a error. Con esta normativa también se quiere frenar la proliferación de ecoetiquetas -en la actualidad hay unas 230 etiquetas ecológicas activas en Europa- y proteger los sellos oficiales.
  •  Tras un largo proceso, los Estados Miembros alcanzaron el 15 de marzo un acuerdo político sobre la directiva de diligencia debida sobre sostenibilidad corporativa (Directiva CSDDD, CS3D o Corporate Sustainability Due Diligence Directive). Esta norma, cuyo texto deberá aprobar el Parlamento Europeo a finales de abril, supondrá nuevos requisitos para las empresas, que deberán establecer medidas y procesos para identificar, prevenir, detectar y mitigar cualquier efecto adversos sobre los derechos humanos o el medio ambiente. Deberán establecer estas medidas, no sólo para las operaciones propias de la empresa sino también para sus filiales y para su cadena de valor. Incluye desde abastecimiento de materias primas hasta gestión de residuos. Afectará a grandes empresas (con más de 1000 empleados y un volumen de negocio de 450 millones de euros de facturación). La aplicación será progresiva y escalonada, de 3, 4 o 5 años desde la entrada en vigor de la norma, en función del tamaño de la compañía. La cadena de actividades cubiertas por las obligaciones de diligencia debida ha sido uno de los aspectos más controvertidos y su definición se ha modificado para centrarse en los socios comerciales directos, suprimiéndose la referencia a “relaciones indirectas”. Además, se ha retirado la incorporación gradual de las empresas que no cumplen los criterios de alcance pero que operan en sectores de alto riesgo (textil, agricultura, extracción de minerales, etc.).

Para cumplir con estas normativas europeas, desde Teimas recomiendan a las empresas implantar herramientas digitales de gestión de residuos como Zero, una plataforma en la nube que permite a las grandes corporaciones consolidar, en un único lugar, toda la información sobre la gestión de sus residuos, lo que facilita la consulta histórica de datos, la creación de informes y la certificación de la trazabilidad de los residuos. “En el caso de la CSDDD, si bien el texto final reduce las ambiciones de la directiva y cubre solo a cerca de 5400 empresas de mayor tamaño, sin duda supone un paso en la gestión responsable en el entorno empresarial que brinda mayor transparencia tanto a los inversores como a los consumidores", explica Cristina Vázquez.

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