14 de febrero, 2022
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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha resuelto revocar una de las autorizaciones de traslado de residuos procedentes de Montenegro con destino al vertedero de la localidad
onubense de Nerva.

La decisión se ha adoptado en el marco de lo previsto en el Reglamento comunitario Nº 1013/2006, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, al haberse detectado incumplimientos de la autorización de traslado adoptada en el expediente identificado como MNE1206 respecto a la cantidad de materiales enviados y al barco encargado del flete. La autorización permitía el traslado de residuos identificados como “tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas” (código LER 17.05.03*).

Las irregularidades se han constatado a raíz de la inspección documental efectuada por el SEPRONA de la Guardia Civil el pasado día 3 en el puerto de Sevilla, donde se encontraba depositada la carga. Los agentes, junto a técnicos de la Junta de Andalucía, comprobaron que la cantidad trasladada era de 7.500 toneladas cuando el máximo autorizado por envío era de 7.000. Igualmente, certificaron que el transporte se había efectuado en un buque que no se correspondía con ninguno de los que Valgo había notificado a efectos de obtener la preceptiva autorización.

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO ha procedido a revocar la autorización de traslado y ha notificado de forma oficial al órgano administrativo homólogo de Montenegro que el envío es ilegal en los términos previstos por el Convenio de Basilea, que regula el transporte transfronterizo internacional de residuos peligrosos y su eliminación.

Asimismo, el ministerio ha incoado un expediente sancionador por infracción grave en el marco de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados que, en caso de confirmarse las infracciones, podría acarrear una multa de entre 9.000 y 300.000 euros, al tratarse de residuos caracterizados como peligrosos.

El MITECO ha puesto estas resoluciones en conocimiento de la Junta de Andalucía e, igualmente, ha requerido por un lado a los responsables de la instalación de Nerva que no admitan aquellos residuos amparados bajo la autorización de traslado inicial que no hayan llegado todavía, y, por otro, ha solicitado al Departamento de Aduanas (Agencia Estatal de Administración Tributaria) que retenga en frontera nuevos envíos que puedan arribar como parte del mismo expediente.

Ley de residuos
En la actualidad, los residuos peligrosos procedentes de Montenegro y otros países extracomunitarios pueden ser trasladados a la UE para su eliminación, de conformidad con el Convenio de Basilea y el reglamento europeo de traslado de residuos. En el marco de las competencias establecidas en el artículo 12.3 de la vigente Ley 22/2011, del 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la autoridad competente para la autorización de los traslados de residuos desde o hacia terceros países no pertenecientes a la UE. Dicha autorización se concede tras contar con el consentimiento previo de las comunidades autónomas afectadas por el traslado, en tanto que son la administración competente para la autorización, inspección y sanción de las instalaciones de tratamiento de residuos de acuerdo al artículo 12.4 de la citada ley.

El nuevo proyecto de ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que se encuentra en la última fase de tramitación parlamentaria, ha incorporado una previsión para que el MITECO pueda prohibir, de forma motivada, importaciones y exportaciones de residuos desde o hacia países terceros si hay indicios de que no se gestionarán correctamente.

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